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Museo Histórico Sarmiento

Creación del Departamento Nacional de Agricultura

El 21 de julio de 1871, el presidente Domingo F. Sarmiento creó el Departamento Nacional de Agricultura como dependiente del Ministerio del Interior, que estaba a cargo del ex gobernador de la provincia de Tucumán, Uladislao Frías quién asumió el cargo luego de la renuncia de Dalmacio Vélez Sarsfield.

Si bien a partir de la sanción de la Ley N°432/1870 ya se había fomentado la creación de “Departamentos agronómicos” en algunos colegios nacionales localizados en Mendoza, Salta, Tucuman, con el objetivo de contribuir a la formalización de la educación agronómica; ésta política emanada del Ejecutivo Nacional se orientó a unificar los criterios del desarrollo de la actividad y así otorgarle bases científicas, una iniciativa que a futuro aportó al desarrollo del Modelo Agroexportador a fines del siglo XIX.


En lo sucesivo, el Departamento sumó a su planta inspectores en diversas provincias que confeccionaban informes anuales sobre el estado de las hectáreas cultivadas, de la cantidad de ganado disponible, de la maquinaria, etc., éstos documentos dieron cuenta de la situación general de la actividad agrícola y permitieron la planificación de las acciones a seguir a futuro, especialmente cuando el Departamento fue transformado en Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca en 1898 durante el segundo mandato del presidente Julio A. Roca.

LEY DE 21 DE JULIO DE 1871 ESTABLECIENDO EL DEPARTAMENTO NACIONAL DE AGRICULTURA.

Autor: Argentina. Departamento Nacional de Agricultura

Título: Informe del Departamento Nacional de Agricultura : años 1872, 1873    

Buenos Aires : Imprenta de La Nación 1873-1874. 2 v.                                     

Materia: SARMIENTO|PRESIDENCIA AGRICULTURA ESTADÍSTICAS DE AGRICULTURA                                                                                                                                          

LEY DE 21 DE JULIO DE 1871 ESTABLECIENDO EL DEPARTAMENTO NACIONAL DE AGRICULTURA.

Congreso Legislativo de la Nación Argentina.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de-

LEY:

Art. 1. ◦ Bajo la dependencia del Ministro del Interior y donde residan las autoridades Nacionales se establecerá un Departamento de Agricultura, con el objeto general de recoger y difundir en la República conocimientos y noticias útiles sobre todas las materias relacionadas con la agricultura, en el sentido más…

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